Envío Digital
 
Universidad Centroamericana - UCA  
  Número 254 | Mayo 2003

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Nicaragua

"Hemos aprendido a no pedir favores, ahora exigimos derechos"

Dolores Gómez, coordinadora durante once años del Bufete Popular de Masaya -Bufete Popular “Boris Vega”, desde que en noviembre de 1993 falleció su fundador-, resumió en una charla con Envío, que aquí transcribimos, la experiencia de este espacio jurídico al servicio de la gente, que cuenta con notables logros y abandera sugestivas propuestas.

Dolores Gómez

Después de la derrota electoral del FSLN el 25 de febrero de 1990, y en medio de la confusión de aquellos primeros días traumáticos, nos reunimos en Masaya en sesión permanente en torno al doctor Boris Vega Sánchez, para analizar lo que venía y lo que podíamos hacer. Para todos, era urgente la creación de un instrumento jurídico que sirviera a la defensa de los intereses y derechos de la gente más pobre. El doctor Boris Vega fue un jurista insigne, un revolucionario de la justicia en Nicaragua, un patriarca de la ley y del derecho, un hombre de gran carisma. Dos hijos suyos cayeron luchando contra la dictadura somocista.

Fue Viceministro de Justicia en los primeros años de la revolución, integró los tribunales especiales que juzgaron a los guardias somocistas después de 1979, ocupó durante esos años distintos cargos en el Poder Judicial. En 1990 era presidente del Tribunal de Apelaciones de la Cuarta Región. La revolución, que quebró el sistema somocista y que aspiraba a generar un nuevo sistema en todo el país, perdió el gobierno en 1990 dejando como herencia una nueva Constitución, en vigencia desde 1987, en la que se sintetizaban grandes aspiraciones del pueblo nicaragüense en lo político, lo social, lo económico, lo institucional, lo cultural, en la que se establecía un Estado social de derecho y la democracia, no sólo representativa sino participativa. Sin embargo, en el momento de la derrota electoral, no existían leyes que desarrollaran ninguno de los nuevos principios constitucionales.

Durante los años 80 la revolución había promulgado algunas leyes nuevas: la ley de amparo, la ley de reforma agraria, la que anulaba los préstamos a interés excesivo, la de la Contraloría General, la de integridad moral de los funcionarios públicos -única ley específica que tenía a mano el gobierno Bolaños al iniciar la lucha contra la corrupción-. Sin embargo, las leyes de los años 80 se hicieron buscando dar respuestas muy coyunturales a graves problemas abiertos por el somocismo: el latifundio, la corrupción, la usura. La revolución no hizo un nuevo ordenamiento jurídico, adecuado a las nuevas relaciones de producción y patrimoniales que la misma revolución estaba generando. Tal vez fue muy corto el tiempo: diez años contra quinientos años. Tal vez la guerra de aquellos diez años puso demasiados límites a este propósito.

Tal vez. Lo que también hay que entender es que el Frente Sandinista nunca le dio a las leyes y a las instituciones, al sistema legal y jurídico, la importancia que deben tener para lograr una transformación social.

Yo había estudiado Derecho en la Universidad de Barcelona entre 1974 y 1980. Acabé la carrera muy poco convencida de haberla elegido. Yo tampoco veía la importancia que podían tener mis estudios para el cambio social en mi país. Por eso, durante años me dediqué únicamente a la docencia en derecho laboral y en cooperativismo en el barrio más marginal de Barcelona y sólo litigué en algunas ocasiones en defensa de los pandilleros del barrio. Fue hasta llegar a Masaya que entendí y me convencí de la importancia del Derecho para lograr transformaciones sociales.

Como fruto de un proceso personal y desde mi fe cristiana, decidí venir a compartir mi vida con las comunidades eclesiales de base de América Latina. Estaba en ese proceso cuando en 1988 nos visitó en Barcelona un compañero sandinista, de Managua, en representación del equipo nacional de las comunidades eclesiales de base de Nicaragua. Buscaba compartir experiencias con el Comité Oscar Romero de Barcelona, al que yo pertenecía. Le pregunté: “¿En Nicaragua ustedes necesitan abogados?” Me contestó: “¡Para nada necesitamos en Nicaragua abogados!” “¿Y necesitan teólogas?”, le dije. “¡Ah, sí, eso sí!”, me respondió. Sólo años después entendí por qué no “necesitaban” abogados: era la mentalidad de la revolución, se menospreciaba la ley. Entonces, como teóloga, decidí trasladarme a vivir a Nicaragua. Llegué en septiembre de 1989 a Masaya para acompañar a las comunidades cristianas de base.

Unos meses después, y ya en pre-vísperas de las elecciones de 1990, participé en una vigilia organizada por las comunidades eclesiales a la que fue invitado el doctor Boris Vega con su esposa. Yo no lo conocía aún. No sabía que ese día mi vida daría un giro. Para entonces, en Masaya nadie sabía que yo era abogada, a nadie se lo había dicho. Pero cuando me presentaron al doctor Boris Vega tuve el impulso de contárselo a él. Como una declaración de identidad. Hasta hoy recuerdo su reacción. Me miró con sus penetrantes ojos azules y me dijo con total certeza: “Vamos a hacer un bufete popular y vamos a hacerlo porque este pueblo pobre está indefenso”. Para entonces, él tenía escrito un informe en el que preveía lúcidamente la derrota electoral del Frente Sandinista. Realmente, el pueblo de Nicaragua estaba indefenso. El ordenamiento jurídico del país era el obsoleto ordenamiento de los tiempos de la Colonia y de los largos años del somocismo. Todo el andamiaje judicial era también obsoleto. La mentalidad de los jueces era totalmente legalista: aplicar las leyes más que hacer justicia o respetar los derechos humanos.

La voluntad política de transformaciones abanderada por la revolución había sido respaldada más por los cuerpos armados, el ejército y la policía, que por las leyes y la institucionalidad civil. La indefensión se acentuaba porque tras la derrota electoral de 1990, que significaba un giro drástico en la voluntad política del nuevo gobierno, venía -como de hecho vino- una contrarreforma política, social, económica, legal, que encontraba en el aire todas las reformas promovidas por la revolución. La reforma agraria que se hizo entregando tierras a las cooperativas estaba en el aire: más del 80% de las cooperativas existían de hecho, no de derecho. Durante los años 80, la UNAG las validaba, y con ese aval el sistema financiero las habilitaba con créditos. Pero esas cooperativas no existían jurídicamente, no estaban legalizadas, no tenían aprobados estatutos, no estaban inscritas en ningún registro. Con los títulos de reforma agraria pasaba igual: ninguno había sido inscrito en los Registros Públicos, en donde aún permanecían inscritas cantidad de propiedades a nombre de somocistas. Y en cuanto a las propiedades confiscadas por decreto, el cambio de propiedad no estaba respaldado por resoluciones judiciales adecuadas. Desde el punto de vista jurídico, al momento de la derrota electoral todo lo que la revolución había hecho en materia de propiedad estaba totalmente en el aire.

En otras muchas materias, donde la revolución apenas había tocado nada, la indefensión jurídica de la gente era también gravísima. Cuánta gente, por ejemplo, estaba en la cárcel y había cumplido ya su condena, pero como ningún abogado gestionaba ante un juez el escrito para que saliera libre, seguía en la cárcel. Así, viendo la avalancha que venía con el cambio de gobierno, buscando cómo defender lo avanzado por la revolución, y conscientes del extendido analfabetismo jurídico que existía entre la gente, en una coyuntura muy especial, nació el 20 de agosto de 1990 el Bufete Popular de Masaya.

El Frente Sandinista adquirió conciencia legal con la derrota electoral y emprendió un esfuerzo en los tres meses de la transición, entre el 25 de febrero y el 25 de abril de 1990. De forma acelerada, y valiéndose de la mayoría de diputados con que contaba en la Asamblea Nacional, los sandinistas se dieron a la tarea de elaborar leyes para proteger algo de todo lo que estaba en el aire. De aquellos tres meses es la ley 84, ley de cooperativas agropecuarias y agroindustriales, para ordenar las cooperativas beneficiarias de la reforma agraria y establecer un año de prórroga para legalizarlas. Son de esos meses las famosas leyes 85 y 86, que establecen que la posesión de viviendas y terrenos equivalía a título y que quien habitaba una casa o un terreno pasaba a ser su propietario.

De esos meses es la ley 88, que ordena que los títulos de reforma agraria repartidos en el país son inscribibles en los Registros Públicos de la propiedad, estableciendo así una nueva cuenta registral que cancelaba la anterior. Todo se hizo a la brava y con prisa. Todo lo que se pudo haber hecho en un proceso, con tiempo y con formas, se realizó muy abruptamente.

Entrábamos todos en Nicaragua en una nueva etapa, en la que estábamos conscientes de que la lucha armada ya no era ni posible ni viable. Las armas habían servido al pueblo nicaragüense para defender sus derechos y su vida de la dictadura somocista, pero a partir de ahora, aun cuando hubiera razones para tomar las armas no habría condiciones para hacerlo. Ante esta realidad, la ley adquiría una importancia fundamental.

El ordenamiento jurídico de un país no es otra cosa que las reglas de juego que la sociedad se da para su convivencia y para balancear los diferentes intereses, a menudo contradictorios. Teníamos urgencia de que la gente conociera las reglas del juego para que supiera jugar, para que ganara, para que no se dejara ganar por los más fuertes o por ignorar las reglas. Teníamos también urgencia de promover nuevas reglas de juego.

Entendimos así que la ley sería un “arma”, y que de la misma manera que tuvimos que enseñarle al pueblo a manejar las armas para liberarse del somocismo, era necesario enseñarle a manejar las leyes para defender sus derechos, a conocer las leyes existentes para interpretarlas y exigir su aplicación, a saber cómo se hacen las leyes para incidir en su formulación y elaboración. Nosotros coincidimos con el CENIDH en su lema, “Derecho que no se defiende es derecho que se pierde” y le añadimos: “para defenderlo hay que conocerlo”. Era estratégico educar a la gente para que se apropiara de la Constitución de 1987, promulgada pero no conocida en todos sus alcances, en todos los derechos que proclama. Era urgente educar a la gente en la conciencia de que cuando pide un centro de salud, una escuela, educación gratuita, una vivienda, agua, luz... no suplica favores sino que exige derechos, derechos que están consignados en la Constitución.

Decidimos convertir el Bufete Popular en un instrumento eficaz, profesional, honesto y pedagógico que acompañara a la gente en este camino de nueva conciencia. El primer objetivo que nos fijamos fue acercar la administración de justicia, las leyes y el Estado al pueblo en general, y en particular al pueblo más pobre. Acercar: hay una gran distancia entre la gente y las leyes y las instituciones. Para acercar nos plantemos dar a la gente asesoría jurídica y asistencia legal gratuita -si no podía pagar- y al alcance de su bolsillo -si podía hacerlo- en todas las ramas del derecho: civil, penal, laboral, administrativo, agrario, familiar...

Establecimos varios principios. Nunca un abogado nuestro puede participar en un juicio para desalojar a alguien. Sabemos que no es un axioma que un pobre por ser pobre siempre tiene razón, y sabemos que a veces un propietario puede tener razón en un desalojo, pero nosotros no vamos a juicio a defenderlo. En derecho laboral, tenemos prohibido ir a juicio al lado de la empresa, sólo podemos estar al lado de los trabajadores. Con el tiempo, especificamos también que nuestros servicios son sólo a favor de la mujer víctima de violencia y nunca a favor del hombre. Igualmente, todos nuestros abogados y notarios trabajan para el Bufete de manera exclusiva y se comprometen a no llevar ningún asunto jurídico lucrativo al margen del Bufete. Los recursos económicos que obtenemos de quienes pueden pagar nuestros servicios los socializamos y los repartimos equitativamente entre todos. Para nosotros, brindar asistencia legal a alguien no es sólo llevarle su caso y procurar ganarlo. Buscamos que la gente juegue un rol activo en su propia defensa y avance personal y colectivamente en el conocimiento de las leyes.

Otro objetivo del Bufete: proponer un derecho alternativo y una nueva práctica profesional desde la ética. La profesión de abogado ha estado en Nicaragua muy vinculada a prácticas inescrupulosas y hasta a la estafa. Es una profesión muy mercantilizada y por eso el pueblo ve en los abogados a personas que sólo les sacan reales sin entender bien qué es lo que hacen.

Y un tercer objetivo que consideramos fundamental: contribuir al fortalecimiento de las organizaciones sociales. Tenemos plena conciencia de que las transformaciones sociales que queremos sólo se consiguen con organización. Decidimos fortalecer organizaciones que ya existían: movimientos sociales, sindicatos, asociaciones de mujeres, comités de desarrollo comarcales... Al inicio, y aun hoy, fortalecerlas significa, en primer lugar, hacerlas pasar de ser grupos de hecho a ser grupos de derecho, darles entidad jurídica para convertirlas en sujetos de derecho, para que tengan seguridad y puedan defender sus derechos. Nos propusimos también promover las nuevas organizaciones que nacieran para defender intereses comunitarios. Y así, a lo largo de estos años, el Bufete ha colaborado a fortalecer organizaciones ya existentes y ha promovido, y con cierto éxito, nuevas organizaciones. En los primeros años, por ejemplo, el Frente de Inquilinos de Masaya.

El trabajo con las organizaciones que buscan en el Bufete personería jurídica es muy importante porque en ese proceso las capacitamos en la democracia participativa. Muchos dirigentes de organizaciones populares reproducen al interior de ellas los mismos defectos y vicios que después echan en cara a los funcionarios del gobierno. No cumplen con sus propias leyes -que son los estatutos de su organización-, no dan participación a los miembros, imponen sus puntos de vista, deciden por sí y ante sí. Del mismo modo, los miembros de las organizaciones desconocen sus propios estatutos, que expresan sus derechos y sus obligaciones. Por todo esto, elaborar los estatutos de una organización con los miembros de la misma hasta hacer que se apropien de ellos es un trabajo estratégico en Nicaragua, porque sólo organizaciones con democracia interna, tanto representativa como participativa, garantizarán después la democracia en el país.

En estos años hemos aprendido mucho de cómo se ubica el pueblo ante la ley y de cómo se ubica la ley ante el pueblo. Existe una gran lejanía entre las leyes y el pueblo. Y esta lejanía, este desconocimiento que de las leyes y las instituciones tiene la gente, genera no sólo indefensión, es la matriz en donde nace la corrupción y la impunidad.

Este desconocimiento genera también muchos mitos. Con trabajo persistente y honesto hemos contribuido a cuestionar y hasta a hacer desaparecer algunos. Existe el mito de que un documento sólo vale si está en papel sellado y que sólo una “escritura” de notario que esté en papel sellado puede ser un documento de propiedad. Todos los Títulos de Propiedad que dieron las alcaldías en base a la Ley 86 tienen el valor de documento público inscribible, igual que una “escritura”, pero por no estar en papel sellado mucha gente dice: “ese título no vale”. El valor legal del documento no lo da “el papel”, sellado o no, sino la naturaleza del documento de acuerdo a la clasificación de la ley. Actualmente, estamos investigando los casos en que, en oficinas públicas y en empresas privadas, se le está exigiendo para sus trámites a la gente papel sellado -papel por el que se paga impuestos- sin que sea necesario por ley.

Existe el mito de que por el simple hecho de que un abogado llegue a la casa de alguien exigiendo un pago o anunciando un embargo o un desalojo ya está todo perdido y hay que pagar o hay que desalojar. Como si la voz del abogado fuera ley, desconociendo que en cualquier decisión en materia de propiedad la única voz es la de la autoridad judicial, y sólo después de un juicio que dilata un tiempo y que tiene que culminar en una sentencia firme. Existe un mito en torno al trabajo de los abogados-notarios y hay gente que cree que para arreglar un asunto de propiedad le basta ir al notario para que le haga la escritura y ya está. A veces, hay notarios inescrupulosos que hacen un mal uso de la Fe notarial y hacen documentos sin sustento con el único objeto de sacar dinero. Existe el mito de que si no pago una deuda me echan preso, cuando la Constitución establece que no existe la cárcel por deudas. Sin embargo, el deber de pagar -y el pueblo pobre es muy buen pagador- y el hecho de no poder hacerlo, aterroriza a la gente. Existe también el mito de que ir a un juzgado es un desprestigio, aunque sólo sea para dar testimonio a favor de un vecino. Para algunas comunidades evangélicas es más vergonzoso aún. Se niegan a ir, afirman que Dios lo prohibe.

Algunos de los mitos que tiene la gente no son totalmente gratuitos, nacen de prácticas de corrupción que son históricas. En muchos de estos mitos se expresa siempre la lejanía que existe entre la justicia y el pueblo, a pesar de que la Constitución establece que la justicia emana del pueblo, que se imparte en su nombre, que debe ser gratuita, que los jueces son servidores del pueblo, que sirven a la justicia para dar a cada quien lo que le corresponde en un marco legal que garantiza la igualdad de todos ante la ley. Principios que son totalmente desconocidos por la gente, que en su vida diaria le teme a la justicia como si fuera su enemiga y no su servidora.

También es verdad que si el pueblo desconoce la ley, la ley desconoce al pueblo. El ordenamiento jurídico del país, los procedimientos que las leyes requieren para ser aplicadas, desconocen a la gente. El Código de Procedimiento Civil es un buen ejemplo de la distancia que existe entre la ley y la gente. Es un cuerpo fundamental para aplicar la ley, pero es del siglo XIX. Y no sólo es obsoleto, sino que está moldeado en la cultura europea, ajena a la cultura nicaragüense, y por eso provoca situaciones absurdas. Otro ejemplo está en el mismo Código Civil, también del siglo XIX, que maneja categorías que se establecieron hace más de cien años para defender los intereses de las burguesías europeas nacidas de la revolución francesa.

Un ejemplo de esta distancia entre leyes extrañas y cultura autóctona lo encontramos en “la comunidad”, entidad territorial, cultural, política, económica, social, que es herencia de la concepción indígena de la división del territorio. “La comunidad” es una realidad con la que una se topa a diario. Con total normalidad y certeza, la gente dice: “Este proyecto de agua, este cementerio, este preescolar... son de la comunidad”. El problema surge al saber que la ley desconoce a “la comunidad”, que la ley vigente se basa en una división territorial en municipios copiada de España. El problema surge porque yo no puedo ir a ningún registro a inscribir nada a nombre de “la comunidad” de Quebradahonda o de la comunidad de El Paso o de ninguna otra comunidad de este país. Se expresa aquí, como en otras manifestaciones, el divorcio entre las leyes y la realidad cultural, patrimonial y territorial de nuestro país, lo que provoca esquizofrenias jurídico-sociales. Es verdad que en la propuesta de anteproyecto de Ley de Participación Ciudadana, en trámite desde hace tiempo, existen algunos artículos que buscan algún mecanismo para dar a las “comunidades” personería jurídica con capacidad para adquirir patrimonio propio, pero es una regulación superficial y no debería ser esta ley la que legislara sobre este tema. Se trata de un tema con suficiente importancia que requiere su propia ley. También la Constitución reconoce “la propiedad comunitaria”, pero no existe ninguna ley que regule el desarrollo de este novedoso concepto. Una de las aspiraciones que tenemos es que las leyes reflejen la realidad, no que la ley exprese realidades ajenas y voluntades políticas lejanas a los intereses de la gente.

Los divorcios entre la ley y la realidad cultural se expresan de muchas formas. Cuántas trabas tiene la gente para acceder a la justicia. La obligación, por ejemplo, de que cuando se litiga en juicios civiles de mayor cuantía -más de 20 mil córdobas en Managua y de 15 mil en los Departamentos- todos los papeles del juicio tienen que ir en papel sellado, que cuesta tres pesos el folio. O la obligación de que cuando el pueblo pone una demanda se ve obligado a rendir una fianza. O esa práctica de la policía, que cuando se trata de detener a un pobre trabaja sin horario, pero a la hora de dar respuesta a un recurso de exhibición personal por sospecha de que la detención de un pobre fue ilegal sí tiene horarios y calendarios. O el escándalo que significa que cualquier juez o tribunal, aunque tenga 72 horas u otro plazo fijo para dictar sentencia, se pueda pasar años sin hacerlo, pero si a alguien que tiene tres días para recurrir se le vence en una sola hora el plazo, pierde todo derecho a defenderse... Muchas trabas y prácticas rígidas que no toman en cuenta a la gente, que le ponen muchos obstáculos y que violentan gravemente el principio constitucional de un acceso a la justicia sin discriminación y en igualdad de condiciones ante la ley.

Otro mito muy generalizado entre la gente es que el único obstáculo para acceder a la justicia es el económico. Piensan que si tengo dinero y contrato a un abogado, el abogado lo hace todo y así logro que me hagan justicia. Nosotros sostenemos, y la práctica nos lo demuestra, que los obstáculos para acceder a la justicia no son únicamente económicos. Casi a la par del obstáculo económico, juega en contra de la gente el desconocimiento, la desinformación, el analfabetismo jurídico. Una persona que conoce la ley y los procedimientos tiene menos obstáculos para que se le haga justicia. La gente, por ejemplo, desconoce totalmente los alcances de una cédula judicial. Y a menudo, cuando recibe una en su casa anunciándole un juicio para un desalojo o para un embargo ejecutivo, no sabe leer y no la lee,
o no la sabe leer interpretándola, o no tiene dinero para buscar un abogado que se la explique, y ahí la deja, y se lleva un juicio entero en su contra sin que se dé cuenta, porque las sucesivas notificaciones aparecen únicamente en el tablón de anuncios del juzgado. Pero, ¿quién llega a los juzgados a leer el tablón de anuncios? Al final, a esa persona se le pasó el juicio entero, se le vencieron los plazos para los recursos, quedó firme la sentencia contra ella, y cuando llega el juez a desalojarla o a embargarla, lo pierde todo sin que en el camino nunca se enterara de ningún paso del proceso en su contra y sin poder intervenir de ninguna forma en él. Hemos visto tantos casos de patética indefensión porque se vencieron plazos por no saber leer o interpretar una citación judicial, por no saber comprender cómo se debe rendir una declaración testifical o una prueba de confesión. Son muchísimos los ejemplos, la vida cotidiana de la gente está llena de ellos. En Masaya, nuestro Bufete ha sido el referente que tiene el pueblo para evitar todo esto o para defenderse cuando les llega el momento.

En la educación contra el analfabetismo jurídico es muy importante fomentar una cultura del reclamo. Una cultura así elimina muchos obstáculos para el acceso a la justicia. La impotencia que la gente experimenta en las oficinas públicas le lleva a pensar que no puede reclamar nada. Pero sí puede. En estos años hemos descubierto que con información, con formación, con organización y con un instrumento jurídico a su servicio, profesional y de calidad, y a veces con el apoyo de los medios de comunicación, se pueden obtener importantes victorias jurídicas a favor de los intereses populares.

Es un principio básico de legalidad recogido en la Constitución, es una de las “reglas del juego”, que un funcionario público no puede hacer nada, absolutamente nada, que una ley no le autorice. Para el ciudadano, el principio de legalidad es al revés: ningún ciudadano está impedido de hacer lo que la ley no prohiba ni obligado a hacer lo que la ley no mande. En Nicaragua esto ni se conoce ni se aplica. No lo conocen los funcionarios, no lo conoce la gente. Sin embargo, existen en estos principios amplios espacios para actuar. Para recurrir contra los funcionarios y organizarse para reclamar y exigir que cumplan las leyes. A pesar de tanta corrupción, existen en el país mínimos legales que nos permiten ganar juicios en gran cantidad de casos con las leyes en la mano. En doce años, el Bufete ha beneficiado a miles de pobladores, el 62% de ellas mujeres. En doce años, el Bufete ha ganado el cien por ciento de todos los juicios laborales a favor de los trabajadores: o logrando que la empresa negocie o por sentencias favorables. También hemos ganado todos los juicios de mujeres que reclaman la pensión de los padres de sus hijos por la Ley de Alimentos.

De esta forma, hemos contribuido a la estabilidad social de Masaya. Un bufete popular no es un grupo de abogados que cobran más barato o brindan servicios gratuitos. Se trata de algo mucho más amplio. Se trata de construir un instrumento jurídico-legal integral a favor de los intereses de los indefensos. Y se trata, fundamentalmente, de un espacio de protagonismo popular. Esto incluye desde la representación legal en un juicio hasta la capacitación jurídica, desde el control constitucional de las normas jurídicas hasta la elaboración de proyectos de ley con la experiencia y la participación de los interesados, desde la alfabetización jurídica hasta el ejercicio de la mediación para resolver extrajudicialmente los conflictos de la comunidad. Se trata también de coordinarse y de colaborar, o de exigir y reclamar, a las instituciones y funcionarios del Estado que tienen la misión de aplicar justicia: jueces, tribunales, procuraduría, fiscalía, policía, entes de la administración pública, alcaldías...

En el Bufete Popular de Masaya hemos obtenido importantes victorias jurídicas con esta práctica y combinando todos estos factores. La más histórica victoria la conseguimos en la lucha contra la usura. Una noche de 1992 llegó al Bufete una mujer prendida en llanto. Temía que la desalojaran, ya le habían metido un juicio para quitarle su casa. La mujer tenía un pequeño negocio y había pedido prestados dos mil dólares a un hombre, que le cobraba nada menos que el 20% de interés mensual flat -lo que significa pagar mensualmente los intereses y debiendo siempre el capital-.

Eran momentos en que se estaban revirtiendo por decreto muchos logros de la revolución, especialmente en la propiedad. Eran momentos en que el desempleo crecía a diario y en masa. Eran momentos en los que, con la privatización del sistema financiero, el 60% de los créditos que recibían pequeños y medianos productores, artesanos y comerciantes desaparecieron totalmente. La gente no tenía financiamiento para trabajar y los usureros hacían su agosto.

Esta señora había logrado pagarle al prestamista los intereses usureros en los primeros seis meses, pero después su pequeño negocio había quebrado y aún debía los dos mil dólares. Lo peor era que en su contrato de préstamo, el hombre, como no podía establecer intereses tan altos -porque eran usura y por tanto ilegales- le había hecho firmar a la mujer, como garantía, la promesa de venta de la casa. Y esta promesa constaba en una escritura pública hecha ante notario. Tras esta señora, empezaron a llegarnos al Bufete otros y otros casos similares. Descubrimos que no eran casos aislados, que era una realidad extendida por todo Masaya y por todo el país. Eran centenares, miles, las gentes afectadas que iban a ser despojadas de sus casas, que por otro lado tenían siempre un valor muy superior al préstamo recibido. Se trataba de un “crimen perfecto”, bendecido por la fe pública notarial, de un negocio redondo, sin riesgo y libre de impuestos. En poco tiempo nos llegaron al Bufete gente de Chinandega, de León, de Matagalpa... Y ningún abogado las defendía “porque usted ya vendió su casa y ya no se puede hacer nada”.

¿Qué hacer? Detectamos que los jueces en Masaya estaban encubriendo a los usureros, que muchos notarios se habían prestado a hacer aquellas escrituras de ventas de casas aun sabiendo que actuaban como cómplices de los usureros. Teníamos que deshacer aquella maraña “legal” con la ley. Indagando, encontramos un decreto del gobierno revolucionario de 1981, llamado Ley de Nulidad de Obligaciones a Interés Excesivo. Con esta ley en la mano, empezamos a organizar en febrero de 1993 a la gente de Masaya. Pronto, la organización se extendió por todo el país. Conseguimos también ganar la sensibilidad de los medios de comunicación, que en primeras planas dieron cuenta de esta dramática realidad y hasta dieron nombres y apellidos de los usureros. En estas mafias de la usura estaban metidos algunos diputados.

Nos dimos cuenta de que la ley del 81 era insuficiente para enfrentar una situación como la que ya existía. Teníamos que hacer otra ley, más abarcadora. Julio Marenco, diputado del FSLN por Masaya, nos apoyó mucho en esta iniciativa. Conseguimos que en la Asamblea Nacional se formara la que se llamó Comisión Especial contra la Usura. Y con la participación de la gente, hicimos un anteproyecto de ley, que se aprobó posteriormente como la ley 176, Ley Reguladora de Préstamos entre Particulares, que popularmente se conoce como Ley contra la Usura. Esta ley fue aprobada en junio de 1994, y aunque sólo se aprobó el 50% de nuestra propuesta, lo consideramos un enorme logro. Y lo fue porque este proyecto de ley se hizo en el Bufete escuchando a la gente afectada. A esas alturas, manejábamos tantos casos que logramos desmenuzar toda la situación hasta plasmarla en una ley a la medida exacta de las necesidades de la gente y a la exacta medida del desmontaje del plan de los usureros. El objetivo central era conseguir un instrumento legal que anulara las escrituras públicas por las que se vendían casas escondiendo escandalosos delitos de usura. Y pudimos. En todos los casos de la gente que se organizó logramos demostrar que se trataba no de ventas de casa sino de préstamos a usura. La mayoría de los juicios abiertos conseguimos trasladarlos a mesas de negociación extrajudicial. Y ganamos todos los casos. En 1995 conseguimos que se le otorgara personalidad jurídica a la Asociación Nacional de Personas Afectadas por Préstamos Usureros.

No era posible conseguir una ley tal como la que habíamos elaborado en nuestro anteproyecto. Diputados de la derecha tenían en la usura muchos intereses creados y hasta empresas “financieras” del Frente Sandinista estaban metidas en aquellos años en el negocio de la usura. A pesar de tantos límites, a partir de aquella ley la usura en los préstamos entre particulares fue acabándose, la gente que se organizó para enfrentar a los usureros salvó sus casas, y todos los usureros tuvieron que avenirse a platicar y a negociar, y por supuesto a rebajar los intereses, que del 20% bajaron al 5%. En Masaya al menos, nadie perdió su casa a partir de la organización y de la intervención del Bufete, y la ley, vigente hasta hoy -aunque debe ser actualizada- vino a frenar esta plaga. Claro, el problema del crédito accesible a los pobres no se ha resuelto en Nicaragua y así, después de los usureros llegaron “los banquitos”, las microfinancieras, tema que daría mucho que hablar. El Bufete Popular acaba de hacer una investigación, en conjunto con la UCA, sobre la actividad de las microfinancieras en los mercados de Managua y en zonas rurales y urbanas de Masaya y Carazo, desde la perspectiva de los usuarios.

Otro logro del Bufete, que muestra que cuando la gente se apropia de la ley puede lograr éxitos lo vivimos en torno a la ley 309, Ley de Regulación, Ordenamiento y Titulación de Asentamientos Humanos Espontáneos. Tras lo que resolvió o no resolvió la ley 86 de 1990, que proporcionaba el marco jurídico a los barrios formados en los años 80, en los años 90 se dieron nuevas tomas de terrenos urbanos en los que la gente instaló, por las vías de hecho, viviendas y asentamientos. Tras las tomas, la gran aspiración de la gente era tener el título del terreno que había ocupado, porque sin el título no sólo no tiene seguridad de permanecer allí, sino que no puede entrar en ningún proyecto de vivienda o de infraestructura social.

La Ley 309 se aprobó en junio de 1999, en una coyuntura política en que convenía a los políticos la aprobación de leyes sociales, particularmente de esta ley, en torno a la cual se habían creado muchas expectativas. La ley refleja el haber sido fruto de una coyuntura política. Y es que cuando una ley se aprueba no por una conciencia legal ni ética sino por un oportunismo político coyuntural, normalmente está mal hecha y establece lo que después resulta difícil de aplicar, o lo que, en definitiva, no se aplica. Leyes así siempre adolecen de técnica legislativa apropiada y carecen de reglamentación.

En Masaya existían muchos asentamientos espontáneos. Tras reclamar la aprobación de la ley, nuestro reclamo era que la ley se cumpliera, sin la excusa paralizante de que no tenía reglamento. Los obstáculos eran muchos. Era necesario que la gente se apropiara de la ley y gestionara, con sus propios medios, su cumplimiento, para que la ley no se quedara, como tantas otras, en el papel. A finales de 1999, coordinados con la gente del Movimiento Comunal y con los líderes de los barrios, recorrimos todos los asentamientos espontáneos de Masaya para reunir a la gente y explicarles los alcances de la ley. “Ustedes ya no van a ir a pedirle al alcalde el favor de que les dé un título sino que van a exigirle que cumpla la ley, lo que es muy diferente”: ése era el mensaje central.

Hay que aclarar que en el trabajo de explicar esta ley, o cualquier otra ley, no se trata de reunir a la gente para leerles el texto de la ley que aparece en La Gaceta, que no hay quien lo entienda, sino de explicar la ley en talleres, con todas las dinámicas de la educación popular, con juegos, con sociodramas, hasta que la gente entiende verdaderamente su alcances, sus mecanismos, hasta que se la apropian.

La Ley 309 establecía que para entregar los títulos debían constituirse en cada asentamiento asociaciones de pobladores, pero no decía cómo constituirlos. Entonces, basados en el artículo constitucional que dice que “nadie está impedido de hacer lo que la ley no prohibe ni obligado a hacer lo que la ley no manda”, empezamos a constituir asociaciones de pobladores. Reuníamos a cada barrio en asamblea para que eligiera una directiva, establecíamos las normas básicas de la asociación que se creaba en el marco de la Ley 309, y dejábamos constancia de todo lo actuado en escritura pública notarial. Constituimos así todas las asociaciones necesarias.

La gente tomó conciencia de que por esta vía estaba en camino de conseguir sus títulos. Ya organizados, conseguimos celebrar en Masaya un foro para discutir la Ley 309, en donde sentamos juntos a todos los diputados de la Comisión de Población y Desarrollo, al alcalde de Masaya y a todos los diputados por Masaya. Eran tiempos propicios, porque se acercaban ya las elecciones municipales del año 2000.

En el foro, los diputados llegaron a explicar la Ley, pero como las quinientas gentes organizadas de los barrios que llegaron al foro ya se la conocían perfectamente todo fue diferente a lo que ordinariamente suele suceder en estos actos. Y no sólo los pobladores conocían la ley y sabían argumentar sobre sus alcances, sino que anunciaron a las autoridades que ya estaban constituidos en asociaciones. Y presentaron las actas de constitución. A partir de ahí, exigieron públicamente el reconocimiento de todos los asentamientos y su titulación. ¿Cómo podía negarse el alcalde ante tanta gente informada y organizada, que le reclamaba el cumplimiento de una ley ya aprobada? No podía negarse. No se negó. Y la alcaldía se involucró desde entonces en la legalización de todos estos barrios. Ésta es la fuerza de la ley cuando la convertimos en arma del pueblo para la conquista y el respeto de sus derechos.

El Bufete consiguió de parte de la cooperación suiza los recursos para garantizar todos los procedimientos operativos de la legalización y la titulación. Llevamos ya tres años funcionando con estos recursos y avanzando. Ya hemos entregado más de mil títulos de propiedad y este año terminaremos de entregarlos todos en Masaya cabecera. El proyecto se ha extendido también a todas las alcaldías del departamento de Masaya. En este gran logro se conjuntaron un pueblo organizado y conocedor de la ley y de sus derechos, un instrumento jurídico, un adecuado cabildeo político -en este caso, los medios de comunicación intervinieron muy poco- y la cooperación internacional.

Hay que decir que en este país, en donde los organismos internacionales han intentado, a menudo infructuosamente, solucionar, en nombre de la gobernabilidad, los problemas de propiedad, gastando cuantiosas sumas, millones y millones, en asesores, diagnósticos, consultorías e investigaciones, nuestro proyecto de legalización de asentamientos en Masaya ha resultado muy barato: promediándolo todo, desde los talleres de divulgación de la ley hasta todo el trabajo legal y la elaboración de catastros, planos y censos, el costo de cada título ha sido de sólo 70 dólares. Lo que demuestra que con honestidad, con un trabajo de calidad, y sobre todo con la gente organizada, se pueden resolver con éxito muchísimos problemas.

Esta experiencia ha sido muy valiosa para nosotros. Y nuestra propia experiencia práctica en la aplicación de la ley nos permite ahora aportar constructivamente y concretamente a la reforma de la Ley 309, que está en marcha, y que es necesaria, porque se trata de una ley llena de vacíos, como por ejemplo, el hablar de la creación de un fideicomiso para ciertos casos de terrenos privados ocupados, cuando ninguna ley en Nicaragua regula el procedimiento para la creación de un fideicomiso.

Otro ejemplo de logro y de éxito lo estamos viviendo en el tema de los derechos de los consumidores. La Ley de Defensa de los Consumidores se aprobó en Nicaragua en 1994. Fue una ley, que como tantas otras, nadie conocía, ni siquiera los funcionarios que tenían que aplicarla. Tampoco parecían conocerla los diputados que la aprobaron, que no hicieron esfuerzos por divulgarla. En el Bufete visualizamos que en el sistema neoliberal, totalmente fundamentado en el dios mercado, en donde los jugadores principales son los proveedores y los consumidores, resultaba estratégico desarrollar esta ley, organizar a los consumidores en torno a ella y enseñarles a reclamar sus derechos. Era algo muy nuevo. En Nicaragua no existe ninguna cultura del consumidor que reclama, y realmente no son sencillos los mecanismos para hacer reclamos. Entendemos que la lucha de los consumidores es de largo plazo, pero es estratégica por toda la filosofía y la ideología que hay detrás de ella en el sistema de mercado en el que nos toca vivir.

En el Bufete empezamos a trabajar con esta consigna: “Los consumidores, unidos y organizados, mandamos en el mercado”. En Masaya, la gente se ha venido organizando ya como consumidora, especialmente en torno al reclamo en los servicios básicos de luz y agua. La realidad nos ha enseñado que el presidente de la empresa española de distribución de energía eléctrica Unión Fenosa manda más en relación al servicio de energía que el propio Presidente de la República de Nicaragua. Que él se impone al Presidente, que el Presidente no le reclama y no representa los intereses de la gente. En este panorama, no queda otro camino que organizar a los consumidores para que se representen a sí mismos y sean quienes reclamen por el alza de las tarifas o por la calidad del servicio, quienes se sienten en las mesas de negociación para acordar las tarifas y las condiciones de los contratos de suministro.

En el Bufete empezamos a trabajar para divulgar la ley entre la gente y para exigir que fuera reglamentada, lo que se consiguió. En 1999 empezamos a hacer el trabajo de estudio de la ley en Masaya, con las organizaciones sociales y líderes naturales, en todos los municipios del departamento. Pasamos un año entero en esta tarea. La ley le reconoce a una organización de consumidores legalmente constituida la representación de sus miembros en cualquier reclamo. Y además, la ley manda que cualquier proveedor tiene que reconocer y dar espacio a la organización de consumidores legalmente constituida. Como conclusión del proceso de capacitación, constituimos la Asociación de Consumidores de Masaya, ACODEMA, la primera asociación de consumidores de Nicaragua inscrita legalmente como tal. Cuando empezamos, nadie apostaba por este proyecto, pero ahí está. Activo y efectivo. Después de casi tres años ya empiezan a notarse frutos y empieza a surgir una cultura del reclamo en Masaya. Es complicado, pero cuando uno se especializa va conociendo los vericuetos para reclamar y hoy a ACODEMA se le abren las puertas en cualquier institución y goza de reconocimiento y de autoridad tanto entre las instituciones como entre el pueblo.

Además del trabajo político que representa organizar a los consumidores para que reclamen sus derechos, tenemos ya también resultados económicos. En un año, de enero 2002 a marzo 2003, ACODEMA atendió en sus oficinas a 3 mil 452 consumidores. De ellos, 995 reclamaban por irregularidades en el servicio de energía eléctrica. De estos reclamos, ACODEMA resolvió a favor de la gente 641, están pendientes de resolución 333 y en sólo 21 no hubo respuesta favorable. Con estos reclamos se recuperó a favor de la gente nada menos que 1 millón 8 mil 802 córdobas, unos mil quinientos córdobas en promedio por reclamo. ACODEMA gestionó también 297 reclamos de consumidores del agua potable. 241 resultaron favorables, 52 están pendientes y 4 no prosperaron. Se recuperaron 64 mil 605 córdobas.

En doce años, el Bufete Popular “Boris Vega” ha trabajado de mil y una maneras. Otro ejemplo lo tenemos en el sistema educativo. Todo lo que se ha venido haciendo en este terreno es ilegal porque no existe en el país una Ley General de Educación y los funcionarios han ido imponiendo sus planes al vaivén de su ideología. El Reglamento de Educación Primaria y Secundaria es jurídicamente inexistente, además de inconstitucional, porque no reglamenta a ninguna ley y ni siquiera se publicó nunca en La Gaceta. Lo mismo sucede con el régimen de autonomía escolar, que no ha estado amparado en ninguna ley, sino que nació de un simple acuerdo ministerial sin publicación. Un ministro no puede imponer normas al sistema educativo -no puede hacer nada que la ley no le autorice-, tienen que hacerlo los diputados, que son quienes legislan en nombre del pueblo. Sin embargo, la autonomía escolar -de hecho, una privatización del sistema de educación pública-, por la que el Estado traslada sus responsabilidades a los consejos escolares, se impuso. En Masaya no.

En Masaya no se logró imponer la autonomía escolar en ninguna escuela pública porque desde el primer momento el Bufete, por solicitud de los sindicatos de ANDEN, interpuso recursos de amparo, y tuvo que suspenderse este ilegal acto administrativo. Ya en el año 2000, para paliar este vacío jurídico y esta ilegalidad, la Asamblea aprobó la Ley de Participación Educativa y se promulgó su Reglamento, el cual no sólo representará un caos para las escuelas, sino que es abiertamente inconstitucional, a como ya está planteado ante la Corte Suprema de Justicia mediante el correspondiente recurso de inconstitucionalidad.

Como servicio jurídico alternativo, una de nuestras metas es que todo ciudadano, que toda ciudadana de Nicaragua, tenga acceso a la justicia en condiciones de igualdad y sin ninguna discriminación, lo que es un derecho fundamental. En Nicaragua, quienes no tienen recursos para pagar servicios jurídicos son generalmente discriminados. ¿De dónde pueden pagar las diligencias judiciales que acompañan cualquier proceso, la papelería, las fotocopias, los timbres, el transporte? Prácticamente, nunca ha existido en Nicaragua una justicia gratuita, ninguna instancia que garantizara el pleno acceso a la justicia o que removiera los obstáculos para acceder a ella. Sólo ha existido, aunque sólo formalmente, la defensa de oficio en materia penal. Pero en la práctica, aun esto ha sido una quimera, ya que sin pago el defensor de oficio nunca ha funcionado. Es esta indefensión uno de los grandes motivos del nacimiento del Bufete Popular “Boris Vega”. Y del nacimiento y existencia de otros espacios jurídicos populares, para prestar servicios de asesoría y asistencia legal a la gente más pobre. En Matagalpa existe un Centro Jurídico parecido al Bufete, que nació de compañeros nuestros. En Estelí, en León, en Chinandega, en Managua existen también expresiones similares.

Esto podría empezar a cambiar, aunque a largo plazo. En enero de 1999 entró en vigencia la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece, por fin, la Defensoría Pública con una filosofía y unos alcances amplios. Esta Defensoría nace para garantizar por ley servicios jurídicos gratuitos a las personas de escasos recursos, a quienes clasifica como personas con ingreso familiar menor a 430 dólares mensuales, lo que significa que beneficiará a la mayoría de la población. La ley establece que debe atenderse de forma totalmente gratuita a cualquier persona que demande de un abogado en cualquier rama del derecho. También se toma en cuenta de forma especial la atención a las mujeres con responsabilidad de jefas de hogar.

Hace dos años empezó ya a funcionar la Defensoría Pública, aunque por falta de recursos, sólo en materia penal para penas mayores, sólo en los juzgados de distrito, y sólo en Managua. Actualmente, se ha ampliado algo su alcance y 40 funcionarios trabajan ya como defensores públicos en las jurisdicciones penales de distrito. Pero la gente no conoce aún que existe este nuevo servicio, pues por falta de capacidad y por los escasos recursos que el Estado les ha destinado, los responsables no han querido darle mucha publicidad, temerosos de no poder responder a la demanda. Sin embargo, la Defensoría ya existe, ya funciona y el pueblo debe saberlo. Y en la medida en que el pueblo reclame este servicio -no pidiendo favor sino exigiendo derecho- el Estado tendrá que darle más recursos.

El 28 de abril, el Bufete Popular “Boris Vega” firmó un convenio de colaboración con la Defensoría Pública para iniciar una experiencia piloto en el Departamento de Masaya que garantice la defensa gratuita y pública a todas las personas con ingresos insuficientes, y en todas las ramas del derecho: en defensa penal, en demanda de alimentos para las mujeres, en derecho de familia, en derecho agrario, en derecho contencioso-administrativo y en derechos laborales.

Es un hecho que consideramos histórico. La vocación de esta importante experiencia piloto es extenderse desde Masaya a todos los departamentos. Y la filosofía con la que la hemos iniciado es la de una sociedad civil organizada que colabora con el Estado para que el Estado cumpla con sus responsabilidades. A partir de ahora, a la gente sin recursos que llegue al Bufete la vamos a remitir a la Defensoría Pública, y a quienes tengan recursos y vengan donde nosotros, buscando nuestra honestidad y nuestra profesionalidad, le pediremos su aporte.

Durante doce años, el Bufete Popular ha actuado como Defensoría Pública del pueblo de Masaya, a falta de la Defensoría del Estado. Por este compromiso, en nuestro décimo aniversario el Bufete recibió el Premio Antonio Montesinos al Gesto Profético en Defensa de la Dignidad Humana en América Latina que otorgan cada año los Padres Dominicos y la Agenda Latinoamericana. ¿Cuántos años más trabajaremos en esta dirección y con esta orientación? Estamos claros y conscientes de que garantizar a todos y a todas un acceso gratuito a la justicia es función del Estado, y no nuestra. El día que el Bufete Popular se cierre porque todo mundo tenga garantizado el acceso a la justicia en condiciones de igualdad y tengamos un pueblo jurídicamente culto, organizado y sujeto activo de participación ciudadana, lo celebraremos con gran alegría. Falta aun mucho tiempo para que amanezca ese día. Mientras llega, nos sirve de brújula aquel principio que escuchamos del doctor Boris Vega -quien camina con nosotros y nos ilumina ya resucitado-, cuando celebrábamos el tercer aniversario del Bufete, el último cumpleaños que él celebró con nosotros. Nos dijo ese día: “La justicia no puede ser ciega, debe tener ojos, y bien abiertos, para ver la diferencia que existe entre el débil y el poderoso, para poderlos igualar. Porque es ilusorio hablar de igualdad cuando una de las partes goza de riqueza y la otra sufre hambre.”

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