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Universidad Centroamericana - UCA  
  Número 6 | Noviembre 1981

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Nicaragua

Juicio contra COSEP y CAUS por violar Ley de Emergencia Económica Social

Cuatro altos miembros del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) y cuatro organizadores de la Confederación de Acción y Unidad Sindical (CAUS) fueron sometidos a juicio por haber violado la Ley de Mantenimiento del Orden y Seguridad Pública, así como la Ley de Emergencia Económica Social.

Equipo Envío

Un miembro del COSEP, Enrique Bolaños, fue sobreseido definitivamente. La absolución se basó fundamentalmente en el hecho de que no había firmado la carta en la que están basados los cargos judiciales. Los otros tres miembros recibieron sentencias de 210 días de arresto y obras públicas. Un miembro de la CAUS ha sido sentenciado a siete meses de prisión y los otros tres a 29 meses.

Las acusaciones contra los miembros del COSEP se basaron en una carta mandada por éstos al Comandante Daniel Ortega, publicada en "La Prensa", retransmitida por Radio Corporación y enviada a organizaciones internacionales. La carta hace una serie de acusaciones, entre ellas: Nicaragua está al borde de la destrucción, la economía nacional se derrumba, la paz social no se materializa, se prepara en Nicaragua un nuevo genocidio, los sandinistas han tomado una línea marxista leninista y están promoviendo una lucha ideológica a nivel internacional. Esta carta fue recogida por las agencias transnacionales y se publicaba en la prensa extranjera el compás de una serie de artículos atacando a Nicaragua.

Los cargos contra los miembros de la CAUS se basaron en una declaración publicada en el periódico del Partido Comunista "Avance núm.45" y también distribuido en hojas volantes. La declaración de la CAUS se basa en una acusación al Gobierno de dirigir una desviación maliciosa de la Revolución aliada a los enemigos imperialistas de la Revolución. Dice también, que cuarenta fábricas están en peligro de cerrarse, lo que significaría el despido de unos 15 mil trabajadores. Estos volantes han sido distribuidos a través de una campaña organizada por la CAUS urgiendo a los trabajadores a demandar aumentos de suelto y otras demandas económicas inmediatas, así como a realizar huelgas y tomas de fábricas en forma de protesta, cuando estas acciones están prohibidas por la Ley de Emergencia.

En el mismo día de las detenciones, el Comandante Ortega hizo una declaración en nombre de la Dirección Nacional del FSLN y la Junta de Gobierno a través de televisión. El Comandante expresó la campaña internacional de desprestigio a la Revolución, la cual ha crecido desde que Nicaragua presentó en las Naciones Unidas una propuesta de solución negociada del FDR-FMLN en el conflicto salvadoreño (el 7 de octubre de 1981). También dijo que los ex-guardias somocistas han hecho 16 ataques armados cerca de la frontera con Honduras las primeras semanas de octubre. El Comandante presentó una serie de datos en contra de las acusaciones del COSEP y la CAUS a la vez que presentaba los cargos que podían recaer sobre estas personas.

El COSEP ha nombrado nueva directiva y ésta se reunió con Sergio Ramírez el 25 de octubre para pedir la libertad de los detenidos y para hablar sobre los problemas del país. Ramírez respondió que la Corte Suprema decidiría los casos y que el Gobierno no actuaba contra los empresarios ni contra el COSEP como organización, sino que aplicaba la Ley a individuos que la habían violado. Tanto Sergio Ramírez como la nueva directiva del COSEP expresaron el deseo de llegar a un acuerdo.

En general, el COSEP ha reaccionado ante la detención de sus miembros comunicándolo al exterior y haciendo el esfuerzo de ganar apoyo tanto de sus miembros como de organismos similares, para la carta. La CAUS ha tratado de organizar mitines políticos en algunos barrios. Parece que tanto el COSEP como la CAUS van a intensificar sus fuerzas políticas en las próximas semanas.

El juicio de los detenidos

El juicio se ha realizado según los procedimientos establecidos por la Ley del Mantenimiento del Orden y Seguridad Pública. El Procurador General presentó el caso al Juez del Distrito quien entonces notificó a las personas los cargos que recaían sobre ellos. Los implicados tenían que responder en el término de 48 horas, designando su defensa. Hubo un período de tres días para la presentación y examen de los hechos. Después de estos tres días el Juez tenía 48 horas para anunciar su fallo, que podía ser apelado. Esta Ley y sus procedimientos correspondientes, fueron proclamados el 20 de Julio de 1979 para salvaguardar el orden social en una situación de emergencia, por eso, el tiempo estipulado es corto.

Los abogados de la defensa no han protestado la legitimidad de los procedimientos, aunque se han quejado de que tres días no es suficiente para un examen de los acontecimientos. Durante la apelación se pueden tomar más consideraciones.

El Procurador General se basó en los siguientes puntos:

1. Tanto los miembros del COSEP como los de la CAUS actuaron en favor de sus intereses personales, en lugar de hacerlo como representantes de sindicatos o intereses comerciales.

2. Hay una coordinación entre las campañas internas y externas para desestabilizar al Gobierno.

3. Las acciones de estos individuos no son solamente actos de oposición, sino un atentado para destruir la base de la Revolución.

4. Ambos grupos utilizan los problemas económicos del país para especular de una manera anárquica un supuesto quiebre en la economía.

Como pruebas, el Procurador presentó la carta y el volante y demostró cómo fueron publicados y distribuidos. Se presentaron también pruebas sobre la participación de tres miembros de la CAUS en la toma de la fábrica Plásticos Modernos.

La defensa para los miembros del COSEP ha estado enfatizada en los derechos individuales de escribir una carta de reflexión al gobierno, expresando preocupación por la situación nacional y criticando su política. La defensa dice que los miembros del COSEP son economistas calificados y su fin era mostrar los factores que ellos piensan son dañados para la economía y su mejora futura.

Los Abogados del COSEP entregaron como prueba un documento de 50 páginas escrito por economistas del COSE apoyando los puntos de la carta. También presentaron cartas de las Embajadas de Venezuela y Estados Unidos, así como del Senador de los Estados Unidos Charles Percy del Comité de Relaciones Exteriores del Senado, en las cuales dijeron que los acusados habían tomado un papel importante para convencer a los gobiernos de Venezuela y EE.UU. en la concesión de préstamos a Nicaragua.

Los abogados de la CAUS enfatizaron también el derecho de publicar los datos económicos y de educar a los trabajadores sobre la situación problemática del país. La defensa por el COSEP y la CAUS estaba argumentada en que los defendidos habían actuado con capacidad oficial de representantes de sus organizaciones y no como individuos privados.

El fallo en el juicio

En el fallo, el Juez Trejos, declaró que la carta del COSEP no era solamente una carta de reflexión escrita por ciudadanos a su gobierno, puesto que había sido distribuida entre la comunidad nacional e internacional. Citó la carta del COSEP para demostrar que constituía un ataque contra la seguridad y economía nacional, la defensa de orden y la prevención del crimen, la dignidad de las personas y la autoridad e imparcialidad el sistema jurídico. Trejos citó el documento de la CAUS para demostrar que habían violado los mismos puntos que el COSEP. También dijo que disponían de pruebas sobre el hecho de que tres miembros de la CAUS habían incitado y participado en la toma de la fábrica Plásticos Modernos. Trejos clarificó que las acusaciones eran contra individuos y no al COSEP o a la CAUS, y que un individuo es responsable de sus actos ante la Ley, aún cuando esté actuando en representación oficial.

Repercusión de estos hechos en el exterior

La carta del COSEP y el volante de la CAUS siguen la misma línea que otros documentos anteriores de estos mismos grupos, pero son mucho más provocativos en carácter y más duros en tono. Además, aparecen en un momento en el cual Nicaragua está bajo fuertes ataques en el exterior.

La carta del COSEP coincidió con una serie de artículos que aparecieron en el exterior. En el Wall Street Journal recientemente, se publicó un artículo alegando que en Nicaragua existe represión contra el Obispo de Managua, que el cierre de "La Prensa" es inminente y que la combinación de fuerzas militares entre Cuba y Nicaragua son una cuña soviética entre Norteamérica y Sudamérica. El Washington Post publicó un artículo de Evans y Novack diciendo que unos 500-600 soldados cubanos habían entrado a Nicaragua como turistas y después de un mes de entrenamiento en la selva nicaragüense, llegaron a El Salvador y fueron los responsables de volar el Puente de Oro el mes pasado. Este artículo ha sido transmitido y repetido por Oficiales del Departamento de Estado de EE.UU. y por el Secretario de Estado, Alexander Haig en reuniones con otros gobiernos.

Ambos gobiernos, Cuba y Nicaragua, han considerado absurdos estos cargos y Fidel Castro ha demandado a Haig para que muestre la prueba de estas alegaciones. En Costa Rica, el periódico principal "La Nación" publicó una entrevista con un exiliado nicaragüense, Gregorio Cuadra, en la que dice que hay siete bases militares en Nicaragua con tanques rusos y aviones cubanos. Este tipo de reportajes se parecen a los que precedieron a las intervenciones de Estados Unidos en Chile y Cuba. En lugar de reportar la verdad de lo que está pasando en Nicaragua, los artículos reafirman las tres acusaciones principales que la Administración Reagan ha hecho contra Nicaragua: a) Nicaragua está ayudando a la guerrilla de El Salvador, b) actúa como cauce para las armas de Cuba a El Salvador y c) Nicaragua va hacia una dictadura totalitaria marxista leninista.

Mientras se afirman los argumentos de los Estados Unidos sobre el papel de Nicaragua en el conflicto Este-Oeste, el documento del COSEP también pretende ofrecer argumentos en nombre del sector privado de que Nicaragua se convierte en una dictadura totalitaria marxista leninista. Al mismo tiempo, los líderes de la oposición, han viajado por Europa y América Latina cuyo apoyo financiero es sumamente importante para Nicaragua. Alfonso Robelo del MDN y ex-miembro de la Junta, en su reciente viaje a Costa Rica dijo que existen somocistas que se han unido a la lucha armada dentro de Nicaragua. Esta declaración se puede considerar como apoyo a las bandas contrarrevolucionarias que hacen ataques en la frontera casi a diario contra Nicaragua.

El impacto de la carta del COSEP en el exterior se debe a su acceso a la prensa extranjera, sus contactos internacionales y la coincidencia de la carta con la campaña desestabilizadora afuera del país. Los volantes de la CAUS tienen un efecto fundamental entre las clase obrera nicaragüense cuyas demandas económicas, aunque fueran justas, no pueden ser atendidas dado el momento que vive Nicaragua.

Por otra parte, la Revolución, pese a sus escasos recursos y limitaciones, da respuesta de forma constante a las distintas demandas de educación, salud, carreteras y otros servicios sociales. Aunque estos beneficios son importantes para los trabajadores, el gobierno no puede aumentar los sueldos substancialmente por enfrentar la inflación. Debido a los problemas que existen en la región, el Mercado Común Centroamericano se encuentra seriamente afectado. Muchas de las fábricas de Nicaragua producen bienes para este Mercado. Al mismo tiempo se necesita importar la materia prima de otros países teniéndola que pagar a precios muy elevados. Todo ello repercute directamente en Nicaragua en una reducción en la producción y a corto plazo es posible que se de el despido de algunos obreros. Esto puede ser instrumentalizado en las campañas de la CAUS.

Respuesta de Nicaragua a los esfuerzos desestabilizadores

Nicaragua tiene antecedentes en las experiencias vividas por Guatemala, Cuba, República Dominicana y Chile. La historia ha demostrado los atentados del Gobierno estadounidense para derrotar los gobiernos de los países mencionados: la coordinación de acciones a nivel económico, político, diplomático y militar está bien documentada, así como la colaboración de EE.UU. en la actualidad con los partidos de la oposición, los sindicatos y los medios de comunicación.

La Revolución Nicaragüense trata de responder a las amenazas desestabilizadoras. Al contrario que en Chile, bajo Allende, el ejército nicaragüense es totalmente sandinista y no se constituye en aliado potencial para las fuerzas contrarrevolucionarias. La Dirección Nacional ha demostrado una unidad fuerte y una resistencia ante las provocaciones que traten de dividirla. Hay leyes revolucionarias que limitan las actividades de los grupos internos que estén trabajando en unión con las fuerzas desestabilizadoras en el exterior. Con las detenciones de los miembros del COSEP y de la CAUS, el gobierno ha demostrado su determinación política de aplicar las Leyes para proteger la Revolución.

Sin embargo, los grupos opositores continúan usando sus libertades existentes para interrumpir el proceso. Un estudio de "La Prensa" muestra clara similitud a "El Mercurio" el periódico usado por la CIA en Chile. Pero si el Gobierno cierra "La Prensa" arriesga la pérdida del apoyo importante internacional hacia la Revolución, entre otras consecuencias.

Las restricciones en las actividades de la oposición también tienen su precio dentro del país. Nicaragua ha sufrido 400 años de opresión y dictadura. Los nicaragüenses ahora quieren desarrollar un orden civil donde se respeten los derechos individuales. La revolución nicaragüense se ha caracterizado por ser abierta y por su tolerancia a la crítica, y por el contrario un aumento en el control pudiera limitar el clima de libertad que ahora existe en Nicaragua.

Qué significan estas detenciones: ¿un cambio de política?

Si la determinación del Gobierno en aplicar la Ley para preservar la Revolución significa o no que las actividades de la oposición van a ser más y más limitadas, esto depende de la actitud que tome la oposición. Una de las posibilidades puede ser que la oposición adopte acciones más provocativas a nivel escalonado, forzando al Gobierno a aplicar las leyes, lo que después usarán en contra de Nicaragua en y desde el exterior.

La prensa internacional dice que los sandinistas silencian toda oposición y crítica al gobierno. Se puede suponer que una oposición determinada para destruir la Revolución va a encontrarse cada vez más y más restringida, lo cual significa que las críticas y la oposición en acciones del gobierno o a programas específicos, podrían ser más limitadas que ahora. Hoy día, en Nicaragua, la crítica se da a todo nivel y hay discusiones y charlas en los barrios y fábricas, dentro y entre los partidos políticos, en radio y televisión.

También ha habido dos incidentes que ha usado el COSEP como prueba de una creciente opresión. A mediados de octubre, cinco líderes de los partidos de la oposición trataron de salir del país con destino a Europa. En el Aeropuerto les retiraron los pasaportes aduciendo que estaban vencidos cuando ellos afirmaban que estaban en vigencia. Sin duda es una decisión política que están en vías de solución.

El otro suceso ha sido la prohibición a un grupo de los del COSEP a reunirse en el Centro Comercial de Managua. Esta prohibición fue dada por la Policía Nacional ya que no se había solicitado el permiso correspondiente. Los líderes del COSEP tienen y celebran sus reuniones periódicamente y en lugares públicos. El tratamiento de estos incidentes no tienen la explicaciones y clarificaciones que se han dado ante la detención y juicio de los miembros del COSEP y la CAUS.

La Ley sobre el Mantenimiento del Orden y Seguridad Pública y la Ley del Estado de Emergencia Económica y Social fueron establecidas para lograr el orden social y crear las condiciones que hicieran posible la reactivación de la economía. Hace tan sólo dos años que Nicaragua heredó una infraestructura y fuerza productiva destruidas. Cuarenta y cinco años de Dictadura no permitieron una organización social. Por el contrario en estos dos años se han conseguido grandes logros en la organización del gobierno, el sistema financiero, el sistema jurídico, en la producción, en programas de educación, salud, etc.

Sobre los encausados

Las personas mencionadas a continuación fueron absueltas de los siguientes cargos presentados por el Procurador General:

Enrique Bolaños Geyer Decreto 148, Art.4, inciso c)1,2,3,4
Decreto 812, Art.3, incisos C y H

El sobreseimiento estuvo basado en el hecho de que el Sr. Bolaños no había firmado la carta en función de la que se basaron los cargos.

Yamileth Bonilla Madrigal Decreto 812, Art.3, incisos C y F
COSEP Enrique Dreyfus Morales, Benjamín Lanzas Selva y Gilberto Solórzano cuadra. Decreto 812, Art.3, incisos C y H.

CAUS Elí Altamirano Pérez, Allan Zambrana Salmerón, Roberto Moreno Cajina. Decreto 812, Art.3, inciso C.

Las personas mencionadas a continuación fueron condenadas por los siguientes cargos presentados por el Procurador General.

COSEP Enrique Dreyfus, Benjamín Lanzas, Gilberto Solórzano Decreto 148, Art. 4 inciso C, 1,2,3,4

CAUS Elí Altamirano, Allan Zambrana, Roberto Moreno y Yamileth Bonilla. Decreto 148, Art.4, inciso C,1,2,3,4

Estas personas fueron sentenciadas a 210 días de arresto y obras públicas.

Las personas mencionadas a continuación fueron encontradas culpables de cargos adicionales presentados por el Procurador General.

CAUS Elí Altamirano, Allan Zambrana, Roberto Moreno, Decreto 812, Art.3, inciso F.

Estas personas fueron sentenciadas a 29 meses de prisión.

LEY SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN Y SEGURIDAD PUBLICA 20 DE JULIO DE 1979

Decreto núm. 148. Art. 4, Inciso C 1-4

Art. 4: Las personas halladas culpables de los siguientes delitos pueden estar sujetos a penas de dos meses a tres años de prisión.

Inciso c) divulgar en forma escrita u oral pronunciamiento que atenten contra intereses de las mayorías y las victorias logradas por el pueblo:

1) la seguridad e integridad nacional, seguridad pública y la economía nacional.

2) la defensa del orden y la prevención del crimen.

3) la protección de la salud, moral y dignidad de personas, la reputación y los derechos de los otros.

4) la autoridad e imparcialidad del poder judicial.

LEY DEL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA Y SOCIAL
9 DE SEPTIEMBRE DE 1981

Decreto núm. 812, Art. 3, Incisos C, F y H.

Art. 3: Para los efectos de esta Ley comenten delitos contra la seguridad económica y social de la Nación y serán penados con prisión de uno a tres años:

c) Los que difundieron noticias falsas, encaminadas a provocar alteraciones en los precios, los salarios, víveres, géneros, mercancías, acciones, títulos y moneda.

f) los que inciten, ayuden o participen en la iniciación o continuación de una huelga, para, o toma de centros de trabajo,

h) los que incitaren a gobiernos extranjeros e instituciones crediticias internacionales, a realizar acciones, o tomar decisiones que causen daño a la Economía Nacional.

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